El Estado deberá pagar otros RD$340 millones por terrenos del Centro Olímpico

La disputa se remonta a una expropiación realizada en 1964 para construir el entonces Parque Central Metropolitano

Más de 60 años después de que el Estado declarara de utilidad pública terrenos para desarrollar el entonces Parque Central Metropolitano, parte de los cuales integran hoy el Centro Olímpico Juan Pablo Duarte, una nueva reclamación por justiprecio terminó con una condena de 340.7 millones de pesos a favor de los herederos de la propietaria original.

La Dirección General de Bienes Nacionales (DGBN) pretendía anular una sentencia de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) que impidió revisar la indemnización reconocida por el Tribunal Superior Administrativo (TSA). Sin embargo, el Tribunal Constitucional (TC) rechazó el recurso de revisión presentado por la entidad estatal.

Se trata de otro de los litigios relacionados con propiedades ocupadas por el Estado para la construcción del principal complejo deportivo del país. En 2023, el TSA también ordenó el pago de 472.8 millones de pesos a favor del empresario José Ramón Borrell Ponce por terrenos ubicados dentro del área del Estadio Olímpico Félix Sánchez.

Origen del conflicto

El origen del conflicto se encuentra en el Decreto 1886 del 17 de diciembre de 1964, mediante el cual el gobierno del Triunvirato, presidido por Donald Reid Cabral, declaró de utilidad pública una porción de 15,472.87 metros cuadrados propiedad de Nelly Elidia Pellerano de Ricart. 

Los terrenos fueron destinados al proyecto denominado Parque Central Metropolitano, desarrollado en los terrenos del antiguo aeropuerto General Andrews y donde posteriormente se levantó el Centro Olímpico Juan Pablo Duarte.

De acuerdo con el expediente, casi tres décadas después, el 22 de marzo de 1993, el Estado y la propietaria suscribieron un contrato de permuta mediante el cual se entregó un apartamento como parte del pago. Sin embargo, en el propio acuerdo quedó consignado que permanecía pendiente una diferencia económica que sería cubierta cuando existieran disponibilidades presupuestarias.

Ese saldo nunca fue pagado.

Ante la falta de cumplimiento, los sucesores de la propietaria acudieron a los tribunales en 2021 para reclamar la fijación del justiprecio correspondiente a los terrenos ocupados por el Estado.

La controversia judicial giró en torno al valor de los inmuebles. Mientras una tasación privada presentada por los demandantes estimó los terrenos en 672 millones de pesos, los avalúos de la Dirección General de Catastro Nacional los valoraron en poco más de 9.2 millones de pesos.

En noviembre de 2022, la Primera Sala del TSA fijó la compensación en 340,736,293.72 pesos, tras ponderar las pruebas presentadas por ambas partes y descontar el valor del apartamento entregado previamente por el Estado.

Bienes Nacionales intentó revertir esa decisión alegando que el monto carecía de sustento técnico, que los jueces ignoraron elementos probatorios relevantes y que la Suprema le negó el acceso a la justicia al declarar inadmisible un recurso de casación por haber sido presentado fuera de plazo.

El Tribunal Constitucional rechazó esos argumentos. La alta corte concluyó que la Suprema actuó dentro de los límites de la ley al declarar inadmisible la casación y recordó que la revisión constitucional no está destinada a reexaminar la valoración de pruebas o sustituir el criterio de los tribunales ordinarios sobre el monto de una indemnización.

Con esa decisión, el proceso judicial iniciado por los herederos queda agotado en la jurisdicción constitucional y subsiste la condena económica impuesta al Estado por los terrenos expropiados hace más de seis décadas.

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